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Un adecuado tanque o fosa séptica para hogares que cumpla el decreto 42075-S-MINAE

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Con el objetivo de proteger el recurso hídrico y el suelo, al mismo tiempo que se resguarda la salud de las personas y el medioambiente, Costa Rica implementa el Decreto 42075-S-MINAE sobre los Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales.

Recordemos que las aguas residuales son aquellas que ya han sido usadas y modificadas por la incorporación de agentes contaminantes. Hay aguas residuales ordinarias (de uso doméstico) y especiales (uso industrial u hospitalario).

¿Qué establece el decreto 42075-s-minae?

En palabras sencillas, el decreto promueve mejores prácticas y una regulación más estricta para la disposición final de aguas residuales ordinarias tratadas al subsuelo mediante un sistema de drenajes.

Específicamente establece las regulaciones para la infiltración en el subsuelo de los efluentes provenientes de sistemas individuales de tratamiento, así como de plantas de tratamiento de aguas residuales ordinarias.

Incluso, establece lineamientos técnicos para el diseño y construcción de los tanques sépticos. Su no cumplimiento implica sanciones para los dueños de la propiedad.

Por otro lado, valga decir que el decreto prohíbe la descarga del efluente de los tanques sépticos a un cuerpo de agua, alcantarillado pluvial o cualquier otro elemento que no lleve a un drenaje o a una unidad de tratamiento adicional antes de realizar su descarga final. Tampoco se permiten rebalses de aguas residuales del sistema de los drenajes.

¿Cuándo optar por un tanque séptico?

En Costa Rica, el sistema de tratamiento de aguas residuales se debe utilizar en los casos en que no haya red de cloacas o planta de tratamiento (muy común en condominios).

En todos los demás casos (de residencias unifamiliares) se requiere un sistema de tanque séptico según lo norma el Código de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias.

Este sistema se divide en 2 etapas:

  • El tanque séptico como tal, cuya dimensión en planta debe ser 1: 3. Es decir, por cada metro de ancho tiene 3 metros de largo como mínimo, aunque sin exceder jamás los 4 metros de largo.

Estos criterios aplican tanto para tanques sépticos realizados en mampostería o concreto como para alternativas prefabricadas con tanques plásticos.

De hecho, en la nueva tienda de RQL tendremos a disposición de nuestros clientes Fosas Sépticas Avanzadas Ecotank que cumplen con los más altos estándares de calidad y todos los criterios establecidos en el Decreto 42075-S-MINAE para el tratamiento de aguas residuales ordinarias. También podemos asesorarle en la instalación de la fosa.  

Es importante aclarar que, con esta nueva reglamentación, queda prohibido el uso de tanque circular debido a que el orificio de entrada es muy cercano al de salida de las aguas, haciendo que los sólidos que vienen de las aguas negras de la casa no reciban el adecuado sistema de tratamiento de bacterias.

  • Un sistema de zanjas de drenaje con perforaciones para infiltración (tubería perforada naranja): La tubería PVC Drenafort es una tubería corrugada flexible con ranuras y es una solución eficiente para la aplicación en subdrenajes, es muy importante el uso además de manto o geotextil o geomanto no tejido, como el NT1800.

Además, las autoridades de Salud exigen dos pruebas de infiltración realizadas tras excavar agujeros de distinto tamaño en el sitio donde irá el tanque séptico. Los criterios técnicos exactos para estas pruebas también son establecidos por el Ministerio de Salud. Esto aplica para cualquier proyecto constructivo que se haga en el país y será revisado por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA) y la Municipalidad.

A partir de eso, se debe presentar un diseño total del tanque séptico y de la zanja de infiltración para que la construcción sea aprobada. ¡Contáctenos si tiene alguna duda!

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